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Calculadora de CTS (Depósitos de Mayo y Noviembre)

Calcula cuánto debe depositarte tu empleador por Compensación por Tiempo de Servicios según los meses laborados y el sexto de gratificación.

Datos para el Depósito de CTS

S/
Máximo 6 meses por periodo

Se incorpora como remuneración computable para el cálculo de la CTS

Depósito Bancario de CTSMayo / Noviembre
Monto de CTS a Depositar
S/ 1,458.34
En tu entidad financiera (Banco o Caja)
Base Computable Total
S/ 2,916.67

Sueldo + 1/6 Gratificación

1/6 de Gratificación
S/ 416.67

Componente de ley

Acciones Profesionales (PRO)S/ 16 / mes
ALERTA NORMATIVA SUNAFIL 2026PRO EXCLUSIVO

Multa SUNAFIL por No Depositar CTS a Tiempo

Plazo legal estricto: Hasta el 15 de mayo y 15 de noviembre. El incumplimiento genera multas no subsanables calculadas en base a la UIT vigente (S/ 5,500).

Rango estimado de sanción económica:S/ 2,475(45.0% de 1 UIT)

Guía Legal Oficial: ¿Cómo se calcula la CTS según el D.L. 650?

La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio social obligatorio fundamental contemplado en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 650 (Decreto Supremo N° 001-97-TR). Su finalidad primordial es funcionar como un seguro de desempleo que proteja al trabajador y a su familia ante el cese laboral.

1. Fórmulas de la remuneración computable y depósito semestral

• Base Computable Semestral:

Es la suma del sueldo básico mensual percibido al 30 de abril o al 31 de octubre, más la Asignación Familiar y el sexto (1/6) de la última gratificación percibida.

Base = Sueldo + Asig. Fam. + (Gratificación ÷ 6)
• Monto del Depósito Semestral:

Se divide la base computable entre los 12 meses del año y se multiplica por la cantidad de meses completos laborados durante el respectivo semestre.

CTS = (Base Computable ÷ 12) × Meses Laborados

2. Caso práctico con liquidación de depósito real (Normativa 2026)

Tomemos como referencia a un colaborador del régimen general privado con sueldo básico de S/ 2,400.00, Asignación Familiar de S/ 113.00 (10% de la RMV S/ 1,130), que laboró el semestre completo (6 meses) y cuya última gratificación percibida fue de S/ 2,513.00:

Rubro de la CTSDetalle o FórmulaImporte (PEN)
Remuneración Ordinaria MensualSueldo contratado computableS/ 2,400.00
Asignación Familiar (Ley 25129)10% de la RMV vigente+ S/ 113.00
Sexto de Gratificación (1/6)S/ 2,513.00 ÷ 6+ S/ 418.83
Total Base Computable SemestralSuma de conceptos afectosS/ 2,931.83
Depósito Semestral de CTS (Mayo / Noviembre)(S/ 2,931.83 ÷ 12) × 6 mesesS/ 1,465.92
Normativa peruana y fuentes oficiales:

Preguntas Frecuentes

Preguntas frecuentes sobre este cálculo

Por mandato del TUO del Decreto Legislativo N° 650 (D.S. 001-97-TR), la CTS se deposita obligatoriamente de forma semestral en la entidad financiera elegida por el trabajador en dos plazos máximos improrrogables: 1) Hasta el 15 de mayo de cada año, correspondiente al semestre laborado entre el 1 de noviembre del año anterior y el 30 de abril; 2) Hasta el 15 de noviembre de cada año, correspondiente al semestre laborado entre el 1 de mayo y el 31 de octubre.

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